Estatutos de la Comunidad de Analistas de Inteligencia (CAI)
Artículo I – Nombre, Naturaleza y Denominación
El nombre de la Comunidad es Comunidad de Analistas de Inteligencia, en adelante denominada CAI o la Comunidad. La CAI está organizada como una organización profesional y educativa sin fines de lucro.
Artículo II – Propósito y Funciones
Sección 1. Propósito. El propósito de la CAI es impulsar la profesión de análisis de inteligencia a nivel profesional, regional e internacional, manteniendo su carácter civil, independiente y no institucional.
Sección 2. Funciones. Las funciones de la CAI son:
A. Mejorar la comprensión pública y profesional del papel del análisis de inteligencia, destacando su valor en la toma de decisiones estratégicas.
B. Fomentar el reconocimiento general de la práctica del análisis de inteligencia como un campo profesional riguroso.
C. Desarrollar y promover estándares de competencia y cualificación para la profesión.
D. Reconocer y reforzar los conceptos de profesionalismo, integridad, dedicación al servicio y contribuciones sobresalientes entre los profesionales del análisis de inteligencia.
E. Diseñar y apoyar estándares profesionales de desarrollo de carrera para analistas, incluyendo educación pre-empleo, estándares de reclutamiento y selección, capacitación y programas para desarrollo profesional continuo.
F. Facilitar una mejor calidad del desempeño en el análisis de inteligencia, basándose en la rigurosidad metodológica y la mitigación del sesgo cognitivo.
G. Avanzar en el estado del arte del análisis de inteligencia proporcionando mecanismos para la difusión de información sobre técnicas, métodos analíticos avanzados (incluyendo OSINT e IA) e investigación.
Artículo III – Membresía
Sección 1. Solicitud. La solicitud de membresía se realizará de acuerdo con la política de la CAI, en el formulario apropiado. Las solicitudes o nominados deben ser patrocinados por un miembro regular al corriente de sus obligaciones o por la administración de la CAI.
Sección 2. Miembro Individual
- Miembro Regular: Será una persona empleada activamente o anteriormente en una capacidad analítica, de inteligencia, de investigación o de apoyo tecnológico en el sector privado, la academia, o cualquier entidad que ejerza el análisis de inteligencia de manera profesional.
- Miembro Asociado: Será una persona no elegible para membresía regular que demuestre apoyo a la función de análisis de inteligencia y esté calificada por logros profesionales o académicos relacionados.
- Miembro Honorario: Será una persona con un historial sobresaliente de servicios públicos o privados en el campo del análisis, la investigación estratégica o la tecnología aplicada a la inteligencia.
- Miembro Estudiante: Debe ser un estudiante de al menos dieciocho (18) años de edad, inscrito en una universidad o colegio acreditado en un programa de análisis de inteligencia, ciencia de datos, ciberseguridad u otros programas relacionados.
Sección 3. Cuotas
- Las cuotas de membresía para las diversas categorías serán establecidas por la administración. Las cuotas se pagarán anualmente por adelantado. La membresía se suspenderá si las cuotas no se pagan dentro de los sesenta (60) días posteriores a la fecha de renovación.
Sección 4. Suspensión, Expulsión y Reinstalación
A. Un miembro puede ser suspendido por causa justificada, que incluye, pero no se limita a, mala conducta en el cargo, conducta criminal o conducta profesional gravemente no ética según el Código de Ética de la CAI.
B. Ningún miembro expulsado podrá ser readmitido en el plazo de un año.