Código de ética y conducta profesional de la CAI

Artículo I: Propósito, Alcance e Integridad
  1. Propósito: La integridad de la Comunidad de Analistas de Inteligencia (CAI) se sustenta en la conducta ejemplar de sus miembros. Este Código establece los principios éticos y las normas de conducta para guiar a la comunidad hacia el más alto estándar de profesionalismo individual y colectivo.
  2. Alcance: Este Código aplica a todos los miembros de la CAI, en todas sus categorías, en el ejercicio de sus funciones profesionales dentro de la Comunidad (reuniones, eventos, capacitaciones, publicaciones y actividades de la Comunidad).

 

Artículo II: Estándares de Conducta y Deberes del Miembro

Sección A: Deberes Positivos (Lo que los Miembros Deben Hacer)

Los miembros de la CAI se comprometen a:

  1. Integridad y Propiedad: Exhibir los más altos estándares de integridad personal y propiedad profesional en todas sus interacciones y análisis.
  2. Protección de la Información: Proteger diligentemente los datos sensibles, la propiedad intelectual y la confidencialidad en todos los proyectos de análisis.
  3. Vigilancia Ética: Informar sobre cualquier violación comprobada de los estatutos, políticas o el presente Código.
  4. Derechos y Privacidad: Proteger los derechos individuales, las libertades civiles y la privacidad personal en todas las acciones profesionales y proyectos de inteligencia en los que participen.

Sección B: Conductas Prohibidas (Lo que los Miembros No Deben Hacer)

Los miembros de la CAI tienen estrictamente prohibido:

  1. Tergiversación de Datos: Tergiversar a sabiendas cualquier evidencia, datos de investigación o hallazgos analíticos, o participar en la falsificación de información.
  2. Falsedad de Credenciales: Proporcionar deliberadamente información falsa o engañosa sobre su formación académica, experiencia analítica o cualificaciones profesionales.
  3. Divulgación No Autorizada: Participar en la divulgación no autorizada de información clasificada o confidencial obtenida en el ejercicio de sus funciones, o de información interna y propietaria de la CAI (ej. registros de membresía, material de capacitación).
  4. Conducta Perjudicial: Participar en cualquier conducta que disminuya la confianza pública en la profesión de análisis de inteligencia o que afecte negativamente la reputación de la CAI.
  5. Discriminación y Acoso: Discriminar a otros por motivos de raza, sexo, credo, origen nacional, religión, identidad de género u orientación sexual. Esto incluye cualquier forma de acoso o exhibición de malicia dirigida a cualquier persona, incluidos otros miembros de la CAI.
  6. Actividad Ilegal: Participar en cualquier forma de actividad ilegal, delictiva o deshonesta.

 

Artículo III: Políticas y Procedimientos para la Gestión de Quejas Éticas

Sección 1: Presentación y Evaluación de Quejas

  1. Formato de Queja: Las quejas por violaciones éticas se aceptarán únicamente en un formulario oficial de la CAI, acompañado de la documentación de soporte correspondiente.
  2. Confidencialidad: Toda correspondencia relacionada debe marcarse como ‘Confidencial’ y ser enviada a la dirección de correo electrónico institucional designada para ética (admin@comunidadcai.org).
  3. Proceso de Notificación: Tras la recepción y evaluación preliminar (donde se determina si existe una violación del Código), se notificará al miembro acusado, proporcionándole la queja formal y las pruebas, y dándole un plazo para presentar su defensa y pruebas.

Sección 2: Disposición y Sanciones

  1. Carga de la Prueba: La carga de probar la violación del Código recae sobre el denunciante. Las decisiones se basarán únicamente en las pruebas y documentos aportados por ambas partes.
  2. Sanciones: Si se confirma la denuncia, las sanciones podrán incluir, pero no limitarse a: asesoramiento, amonestación formal, suspensión temporal o, en casos graves, la expulsión definitiva de la membresía de la CAI.
  3. Apelaciones: Las sanciones impuestas por el Panel de Ética podrán ser apeladas ante la CAI.